Política
25 de noviembre de 2024 | 10:50

Dirección del Trabajo aplicó multas por 51 millones de pesos durante la segunda vuelta electoral

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Organismo fiscalizó este domingo el respeto al derecho de sufragio y el feriado de dependientes de malls y strip center en las 11 regiones con comicios. Envió a 301 trabajadores de regreso a sus domicilio.

Un total de 19 multas por 51 millones de pesos aplicó hasta las 16 horas de este domingo la Dirección del Trabajo (DT). Esto, durante su fiscalización del derecho de sufragio y el feriado de trabajadores y trabajadoras de malls y strip center en las 11 regiones donde hubo elecciones de segunda vuelta de gobernadores regionales.

Durante estos comicios, trabajadores y trabajadoras que debieron laborar contaron con un lapso mínimo de 3 horas para sufragar o excusarse respecto de su deber cívico. También contaron con el tiempo necesario quienes fueron designados vocales de mesa y miembros de colegios escrutadores o delegados ante la Junta Electoral.  

El director del Trabajo, Pablo Zenteno, señaló que “obviamente, siempre esperaríamos no tener que infraccionar entre estas normas que son muy conocidas, que todos los trabajadores y trabajadoras puedan ejercer sus derechos. Sin embargo, desde temprano estuvimos recibiendo las denuncias con más de 80 fiscalizadores en las 11 regiones del país donde se realizaron las elecciones. Así es que en ese sentido hemos realizado nuestra labor. Esperamos, por cierto, que todos los trabajadores y trabajadoras que les tocaba laborar este día hayan podido ejercer su derecho a sufragio”.

La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, indicó que “si bien la normativa que autoriza el feriado irrenunciable para las elecciones tiene bastantes años en nuestro país, igualmente se van detectando algunos incumplimientos y son los que la Dirección del Trabajo ha establecido y sancionado. Es bastante preocupante, porque este derecho está muy consolidado (…) Es muy importante el rol que la DT pueda seguir cumpliendo en esta materia”.

Agregó que es “importante que el comercio siga recuperándose. Eso nosotros lo entendemos claramente; es necesario seguir fortaleciendo el empleo, pero en este día los derechos civiles y políticos de las personas están primero, por eso se debe respetar el feriado irrenunciable”.

Balance

En las 11 regiones donde se efectuó la segunda vuelta electoral, la DT efectuó 254 fiscalizaciones en respuesta a denuncias hechas a su Canal de Atención Telefónica (CAT) -600 450 4000-.

Las fiscalizaciones terminaron con 19 multas por un monto de $51.303.560. De estas fiscalizaciones con multas, 18 fueron por no respetar el feriado de trabajadores y trabajadoras de malls y strip center regidos por una razón social únicas. En estas fiscalizaciones fueron suspendidos los turnos de 301 trabajadores. Asimismo, en 1 fiscalización se multó por no conceder el permiso mínimo de 3 horas para votar o excusarse.

NORMAS FISCALIZADAS

Durante este domingo fueron fiscalizadas las siguientes materias:

1.- No otorgamiento de feriado legal, obligatorio e irrenunciable a los trabajadores que prestan servicios en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.

- Multas de entre 3 ($199.884) y 60 ($3.997.680) UTM (*), dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

2.- No otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral, para quienes los días de la elección no constituyen feriado legal irrenunciable.

- Multas de entre 3 ($199.884) y 60 ($3.997.680) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

3.- No otorgamiento de permiso mínimo de 3 horas a trabajadores para sufragar. 

- Multas de entre 3 ($199.884) y 60 ($3.997.680) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande. 

(*) Valor de la UTM en noviembre 2024: $66.628.

En su actuar inspectivo del domingo la Dirección del Trabajo consideró su dictamen N°656/24, del 15 de octubre, que explicó la Ley N° 21.693, del 28 de agosto, que modificó diversos cuerpos legales para establecer los parámetros imperantes durante estos comicios.

 

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