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6 de febrero de 2025 | 13:00

Corte de Apelaciones desestima recurso de amparo contra ordenanza municipal sobre comercio ambulante

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El tribunal rechazó la acción presentada por un grupo de comerciantes informales, confirmando la validez de la normativa que regula el comercio en el centro de Puerto Montt.

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó el recurso de amparo presentado por comerciantes ambulantes contra la ordenanza municipal que establece un perímetro de exclusión para esta actividad en el centro de la ciudad. La acción legal cuestionaba una posible vulneración de la libertad económica de quienes ejercen el comercio informal en el sector.

El recurso fue interpuesto por la abogada Orietta Llauca, en representación de 21 comerciantes, argumentando que la normativa impedía el desarrollo de sus actividades económicas, las cuales han sido ejercidas de manera constante y generalizada en el tiempo.

En relación con la resolución, el director jurídico del municipio, Osvaldo Emhart, indicó que el fallo confirma que la normativa no contraviene lo establecido en la Constitución. “La Corte de Apelaciones de Puerto Montt señala de forma clara que la ordenanza municipal que regula el comercio ambulante no vulnera en ningún aspecto lo contemplado en la Constitución en su artículo 19 número 21, esto es, que priva a los recurrentes de ejercer su libertad económica”, afirmó.

La ordenanza, en vigor desde el 6 de enero, ha sido aplicada con la participación de distintos organismos, incluyendo Carabineros, la Delegación Presidencial, Aduanas, Impuestos Internos y el equipo de Seguridad Pública municipal.

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