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Por Mario Guarda , 1 de octubre de 2021

Sectores más vulnerables tendrán acceso preferente a fondos de fomento del deporte

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Diputados respaldaron las modificaciones del Senado en la asignación de los recursos del Fondo Nacional para el Fomento del Deporte, a los sectores más vulnerables de la población. La propuesta pasó al Ejecutivo para su promulgación como ley.

La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados ratificó modificaciones del Senado, y aprobó el proyecto que prioriza, en la asignación de los recursos del Fondo Nacional para el Fomento del Deporte, a los sectores más vulnerables de la población. 

De esta forma la moción pasa al Ejecutivo para su promulgación como ley. La iniciativa propone que, al menos, el 40% de los recursos del Fondo que financien proyectos de Formación para el Deporte, Deporte Recreativo y Deporte de Competición, se focalicen preferentemente entre personas o grupos vulnerables. Ello, según la definición que hace el Ministerio de Desarrollo Social y Familia a través de su normativa.

Recordar que la Ley 20.530 considera personas o grupos vulnerables a quienes por su situación o condición social, económica, física, mental o sensorial se encuentran en desventaja. También, por carencias multidimensionales. En consecuencia, aquellos que requieren de un esfuerzo público especial.

En tal plano, el presente proyecto define que las bases de concurso priorizarán siempre entre sus factores la vulnerabilidad. Esto aplicables tanto a la o las comunas beneficiarias como a la población objetivo del proyecto.

LINEAS DE FINANCIAMIENTO

Las líneas de financiamiento del citado Fondo, estarán prioritariamente dirigidas a planes, programas, actividades y proyectos de fomento a la educación física y a la formación para el deporte para la población vulnerable. Igualmente, para desarrollar la ciencia del deporte, capacitar y perfeccionar los recursos humanos de las organizaciones deportivas.

Los fondos priorizarán el fomento y apoyo del deporte escolar y recreativo en sectores donde se ubica la población vulnerable. Para esto, se destinarán medidas específicas de financiamiento.

La distribución de los recursos del Fondo destinados al apoyo financiero del deporte de competición comunal, provincial, regional y nacional, privilegiará la población en edad escolar, población vulnerable y a personas en situación de discapacidad.

De igual modo, especifica el destino de los fondos destinados al deporte de proyección internacional y de alto rendimiento. Respecto de estos se menciona que se focalizarán, prioritariamente, en deportistas en sus etapas más tempranas. Es decir, tanto en la detección como en su formación.

El Fondo también abarca el financiamiento, total o parcial, de la adquisición, construcción, ampliación y reparación de recintos para fines deportivos. Este apoyo irá, prioritariamente, a los territorios más carenciados y/o vulnerables.

El último punto determina el fomento y apoyo, a través de medidas específicas de financiamiento, del deporte adaptado y paralímpico. Como en el los casos anteriores, focalizándolo hacia los grupos más vulnerables de ese segmento deportivo.

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