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Por Redacción , 29 de noviembre de 2025 | 20:32

Ex alcalde Gervoy Paredes quedó con arresto domiciliario nocturno pero sin acceso a sus fondos bancarios

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Tras la revisión de las medidas cautelares solicitada por la defensa del ex alcalde de Puerto Montt , el tribunal rebajó el arresto domiciliario total. Sin embargo, no dio a lugar a la petición de acceso a los fondos de sus cuentas bancarias

Luego de la audiencia, el Juzgado de Garantía de Puerto Montt modificó la medida cautelar de arresto domiciliario total por la de parcial nocturno. Eso significa que el exalcalde de la capital de la región de Los Lagos, Gervoy Amador Paredes Rojas, ahora no podrá salir de su casa entre las 22 horas y las 6 de la mañana. 

El ex edil está imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumados de incremento patrimonial injustificado de funcionario público, cohecho, lavado de activos y fraude al fisco. Los ilícitos habrían sido perpetrados entre los años 2012 y 2023.

En la audiencia de revisión de medidas cautelares -de la causa rol 5.828-2022- el juez Francisco Almonacid Faúndez acogió la solicitud formulada por la defensa de Paredes y modificó el arresto domiciliario total por la reclusión nocturna, más el arraigo nacional, la prohibición de comunicarse con los coimputados y firma quincenal en la 5ª Comisaría de Carabineros de Puerto Montt. 

“Se accedió íntegramente a lo solicitado por la defensa, por entender el tribunal que efectivamente ha habido un cumplimiento de la medida cautelar que estaba vigente, por lo tanto, no se justifica mantenerla con ese nivel de intensidad”, informó el magistrado al término de la audiencia.

Respecto de la segunda petición de la defensa, en orden a dejar sin efecto las medidas cautelares reales de retención de fondos, el magistrado sostuvo que: “Se le negó lugar, por entender que los delitos por los que se encuentra formalizado permiten presumir que hay una obtención patrimonial ilícita y que, por lo tanto, los fondos de los que se pretende disponer podrían estar comunicados directamente con la comisión de estos delitos”. 

“Así también, porque se puede perseguir respecto de aquel la responsabilidad civil, las indemnizaciones que correspondan por los delitos de carácter penal y también va a ser necesario, eventualmente, perseguir el cumplimiento o pago de las multas que se impongan y que están asociadas a estos ilícitos”, añadió.


 

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