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3 de julio de 2025 | 15:32

Un hombre es condenado a presidio perpetuo calificado por abuso sexual y violación en Puerto Montt

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El imputado fue sentenciado por delitos reiterados de abuso sexual y violación contra sus dos hijas menores de edad, y una sobrina, cometidos entre 2010 y 2022 en Puerto Montt y Puerto Varas.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt condenó a J.F.L.V. a presidio perpetuo calificado por delitos reiterados de abuso sexual y violación de menores de 14 años y mayores de 14 años. Los ilícitos se perpetraron entre diciembre de 2010 y noviembre de 2022.

El tribunal, en un fallo unánime, dio por acreditado que entre diciembre de 2011 y junio de 2022, J.F.L.V. cometió los delitos de forma reiterada contra su hija, nacida en 2006, en seis domicilios ubicados en sectores rurales y urbanos de Puerto Montt y Puerto Varas.

Además, entre diciembre de 2010 y julio de 2014, J.F.L.V. se aprovechó de la confianza que le tenía la madre de una niña nacida en 2001 para abusarla y violarla en domicilios de Puerto Montt.

El 17 de noviembre de 2022, en un domicilio de Puerto Montt, J.F.L.V. violó a una sobrina, nacida en 1999, mientras esta se encontraba dormida debido a la ingesta de alcohol.

Finalmente, entre agosto de 2013 y agosto de 2015, en reiteradas ocasiones y en un domicilio rural de Puerto Montt, J.F.L.V. abusó sexualmente de su segunda hija, nacida en 2008.

El tribunal también impuso a J.F.L.V. prohibiciones como el ejercicio de la guarda, la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante diez años tras cumplir la pena principal, la inhabilitación temporal por diez años para cargos o profesiones en ámbitos educacionales o que involucren relación directa con menores, y la prohibición de acercarse a las víctimas o sus familias por diez años después de cumplir la pena.

Para determinar la pena, el tribunal consideró que el delito con la pena más alta es la violación de menores de 14 años. Aunque el sentenciado no tenía condenas anteriores, el tribunal ponderó la agravante de que el ofensor es el padre de la víctima, prevaleciendo esta sobre la atenuante de irreprochable conducta anterior. El tribunal señaló que “la circunstancia agravante de responsabilidad criminal prevalece por sobre la atenuante que se le ha reconocido, otorgando mayor entidad a la agravante del artículo 13 en desmedro de la atenuante del artículo 11 ° 6 ambas disposiciones del Código Penal”.

Por lo anterior, el tribunal fijó la pena por el delito reiterado de violación contra la víctima menor de 14 años en presidio mayor en su grado máximo. Considerando que se trata de delitos reiterados de abuso sexual a tres menores, dos delitos reiterados de violación a menores de 14 años y un delito de violación a una persona mayor de 14 años (esta última víctima falleció por suicidio a causa del delito), el tribunal aumentó la pena en dos grados.

Una vez que el fallo sea ejecutoriado, se tomarán muestras biológicas del sentenciado para su inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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