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Por , 26 de junio de 2018

Multan a Colegio Alemán de Puerto Varas y acusan al establecimiento por discriminación

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Corte Suprema falló amparado en la Ley Antidiscriminación y condenó al Colegio Alemán a pagar una multa de 50 UTM por haber discriminado arbitrariamente al niño por su condición al tratarse de un menor con Síndrome de Down. La noticia fue bien recibida por los padres del niño, pero también por la fundación Síndrome de Amor que trabaja con familias cuyos hijos tienen esta condición.

Son 50 Unidades Tributarias Mensuales los que deberá cancelar como multa el colegio alemán de Puerto Varas, por negarse a promover a un menor de edad con síndrome de Down.
Fue la Corte Suprema la que aplicando la ley antidiscriminación obligo al colegio a pagar la multa a beneficio fiscal.
José Luis García, padre del menor, dijo que la resolución del máximo tribunal es un alivio y además sienta un precedente para que ojaláestos casos no se repitan.

La Fundación Síndrome de Amor es una entidad que desarrolla una vital tarea en apoyar a menores y sus familias para que sean incorporados y tratados como iguales.
Por eso, el fallo del máximo tribunal en el país fue considerado como un respaldo directo a los objetivos que persigue esta y otras instituciones que trabajan por terminar con la discriminación.

La Corte Suprema se basó además en varios tratados internacionales para aplicar la multa y sancionar al colegio alemán de Puerto Varas. Uno de ellos el de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad y en la convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de
discriminación.

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